Propuesta de UGT programa prejubilaciones 2024 en ISTI

 

La propuesta inicial de la compañía para el plan de prejubilaciones 2024 dista mucho de lo que esperábamos desde UGT, especialmente considerando los buenos resultados que Indra está obteniendo en los últimos años.

A juicio de UGT, la compensación económica propuesta por la empresa penalizaría de manera significativa los ingresos de quienes deseen acogerse al plan, tanto en los años anteriores a su jubilación, en la renta mensual temporal, como en su futura pensión de jubilación.

Desde UGT consideramos que la propuesta debe mejorarse sustancialmente, sobre todo para los niveles salariales más bajos. Por esta razón, el próximo lunes presentaremos nuestra contrapropuesta a la Mesa Negociadora, la cual detallamos a continuación:

  • Aplicación: Personas que a fecha 31 de diciembre de 2024 tengan cumplidos 60 o más años.
  • Adscripción: El acceso a la prejubilación es voluntario
    • Si la empresa decide rechazar la solicitud de una persona trabajadora, deberá argumentar las razones empresariales que justifican su decisión
    • La compañía podrá ofrecer la adscripción al plan a las personas que cumplan con la edad requerida. La persona trabajadora podrá aceptarla o rechazarla
  • Cobertura: La empresa abonará, desde la fecha de extinción del contrato hasta que se alcance la edad ordinaria de jubilación legal (la edad mínima a la que se puede acceder a la pensión contributiva de jubilación, sin sufrir recortes sobre la cuantía):
    • Una renta mensual temporal sobre la remuneración total recibida en los últimos 12 meses, según el siguiente escalado:
      • Hasta 50.000€ anuales -> el 95%
      • De lo que exceda a 50.000€ hasta 60.000€ -> el 90% de la diferencia
      • De lo que exceda a 60.000€ hasta 70.000€ -> el 85% de la diferencia
      • De lo que exceda a 70.000€ hasta 80.000€ -> el 80% de la diferencia
      • De lo que exceda a 80.00€ -> el 75% de la diferencia
    • El coste del Convenio Especial con la Seguridad Social. La base de cotización del mismo se incrementará en 1% anual


Complementando este plan, UGT propone que se proceda a implementar los contratos de relevo conforme al artículo 12, apartados 6 y 7 del Estatuto de los Trabajadores. La empresa complementará el salario (remuneración total recibida en los últimos 12 meses) hasta la fecha en que se alcance la edad ordinaria de jubilación legal, con un máximo de 32 meses, de acuerdo al siguiente escalado:
  • Hasta 60.000€ anuales -> el 100%.
  • De lo que exceda a 60.000€ hasta 80.000€ -> el 50% de la diferencia.

Desde UGT os mantendremos informados paso a paso sobre el avance de las negociaciones, ya que UGT te representamos y ante la empresa lo que defendemos son tus intereses.

Si tienes alguna pregunta sobre este tema o cualquier otro asunto relacionado con tus derechos laborales, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. En UGT, estamos siempre a tu disposición para apoyarte y defender tus derechos, manteniendo la confidencialidad de todas las comunicaciones que recibimos.


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