CONOCE TUS DERECHOS: PERMISOS PARA IR AL MEDICO

 


IR AL MÉDICO:

  • PERMISO POR ENFERMEDAD GRAVE DE FAMILIARES: En caso de accidente, enfermedad grave u hospitalización o intervención con reposo domiciliario de familiares de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad o persona que conviva en el mismo domicilio, aunque no sea familiar, y que requiera cuidados, dispondrás de 5 días laborables.

En caso de necesitar desplazamiento, cuando la distancia sea superior a los 100 km (por trayecto):

    • Entre 100 y 300 km el permiso se incrementará en un día adicional. Podrás disfrutar de dicho día adicional en dos medias jornadas.

    • Superiores a 300 km el permiso se incrementará en dos días.

Siempre que se informe con la debida antelación, podrás disfrutar del permiso:

    • Hospitalización, en medias jornadas o en jornadas completas, consecutivas o no, hasta 15 días naturales después del alta hospitalaria.

    • Sin hospitalización, en medias jornadas o en jornadas completas, consecutivas o no, hasta 15 días naturales después del hecho causante.

En caso de tratamiento ambulatorio por enfermedad grave (quimioterapia, diálisis…), podrás disfrutar del tiempo de permiso retribuido por horas hasta agotarlo.

  • Las estancias en urgencias que se prolonguen durante al menos 12 horas se asimilarán a ingreso hospitalario a los efectos del disfrute de los correspondientes permisos. Deberás acompañar de justificante (fecha, nombre de la persona trabajadora completo con apellidos y nombre, hora de entrada, hora de salida, médico o especialista y firma y/o sello de centro médico expedidor de dicho justificante).

  • Dispondrás del tiempo necesario para asistir o acompañar al médico de familia, pediatra, especialista de la Seguridad Social o de la Sanidad Privada, tanto para ti como para:

    • Tu cónyuge o pareja.

    • Familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad hasta los 18 años de edad (incluyendo esta edad) y a partir de los 65 años (también incluyendo esta edad).

    • Familiares dependientes con diversidad funcional a tu cargo (igual o superior al 33%), independientemente de la edad, de los que seas tutor o tutora legal.

    • Menores de hasta 18 años (incluyendo esta edad) que tengas en régimen de acogida.

Cuando la visita médica sea entre las 00:00 y las 7:00, podrás disfrutar del tiempo que haya durado la misma al inicio de la jornada laboral.

  • Ausencia por enfermedad: Cuando el servicio médico de la Compañía (en aquellos Centros de Trabajo que lo tuvieren), o la Seguridad Social te envíen a tu domicilio por encontrarte indispuesto/a para el trabajo, dispondrás de las horas de permiso que falte para completar tu jornada laboral de ese día, debiendo aportar el correspondiente justificante.


Si tienes alguna pregunta sobre este tema o cualquier otro asunto relacionado con tus derechos laborales, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. En UGT, estamos siempre a tu disposición para apoyarte y defender tus derechos, manteniendo la confidencialidad de todas las comunicaciones que recibimos.

Los sindicatos que tienen la consideración de más representativos a nivel estatal y están legitimados para negociar el plan de igualdad en el grupo de empresas Minsait, cuentan con la siguiente representatividad en el sector de Consultoría, Tecnologías de la Información y Estudios de Mercado y de la Opinión Pública, según datos actualizados al 30 de noviembre de 2023.



EVALUACIÓN DEL RIESGO DE INCENDIO DEL CENTROS DE TRABAJO SEVILLA-INNOVACIÓN

 


Tras la petición realizada por UGT a la empresa para que se evaluara exhaustivamente el riesgo de incendio en el revestimiento de nuestro centro de trabajo en ISTI-Sevilla (como consecuencia del incendio ocurrido recientemente en un edificio residencial en Valencia) y de ser necesario, que se tomaran las medidas preventivas oportunas, desde Prevención de Riesgos Laborales y Servicios Generales se ha consultado a la Propiedad del edificio sobre las condiciones constructivas y de existencia de elementos en la fachada que pudieran, en caso de incendio, provocar la propagación rápida a otras partes del edificio y nos han trasladado que: 

  • La fachada del edificio está construida con hormigón y cristal, no habiendo en la misma, ni paneles sándwich ni cámaras con material inflamable o que propaguen rápidamente el fuego.
  • El edificio cuenta con sistemas de protección contra incendios: detectores, extintores, BIE’s, etc

PORCENTAJES DE REPRESENTATIVIDAD EN EL SECTOR DE CONSULTORÍA


Varios trabajadores y algunos delegados de otros sindicatos nos han preguntado a UGT por el porcentaje de representatividad en el sector de Consultoría de cada Sindicato. Recientemente han recibido algunos mensajes de otros que les han podido parecer confusos, que no engañosos, y nos pedían una aclaración.


Conviene que conozcas la representatividad en el sector de Consultoría de los sindicatos representativos del sector al que pertenezca la empresa y con legitimación para formar parte de la comisión negociadora del convenio colectivo de aplicación en el sector de Consultoría. Las cifras son cambiantes según van ocurriendo procesos electorales a lo largo del tiempo. La siguiente tabla es en relación al Periodo Electoral del 1 diciembre 2019 al 30 noviembre 2023.

Los marcados en verde en la tabla anterior son los sindicatos representativos que cuentan con  legitimación necesaria para formar parte de la comisión negociadora del Convenio Colectivo de Consultoría, aunque algunos deciden no asistir.

Se observa que ninguno de los sindicatos ostenta la mayoría absoluta en el sector de Consultoría.

Si en alguna mesa de negociación se persona solamente uno de los sindicatos legitimados, figurará en el acta que tiene el 100% en esa mesa, pero eso no significa que tenga el 100% en el sector de Consultoría.


Te lo podrán pintar como quieran, pero la representatividad es la que es. No se negocia, No se acuerda, No se apachanga. Se tiene, Se ostenta, Se manifiesta, Se respeta y Se acepta por el resto de partes.


8M Objetivo Igualdad: CORRESPONSABILIDAD

La igualdad real y efectiva de las mujeres debe ser una realidad urgente

Con motivo del 8 de marzo, Día de la Mujer Trabajadora, UGT reclama políticas de empleo que impulsen la incorporación de la mujer en el trabajo en condiciones dignas y de calidad, con contratos a tiempo completo y de duración indefinida y en las mismas condiciones que los hombres.


Las políticas de igualdad puestas en marcha durante los últimos años, al igual que medidas como la reforma laboral o el aumento del SMI, fruto del Diálogo Social, están contribuyendo a luchar contra la desigualdad de género en el trabajo en nuestro país. En 2023 mejoran algunos de los indicadores de las brechas de género en el empleo, pero aún queda mucho camino por recorrer para alcanzar la igualdad real y efectiva.

De esta forma:

  • La brecha de género en el empleo se sitúa casi en el 10%.
  • La tasa de actividad de las mujeres en 2023 ha sido del 54,43%, frente al 63,80% de los hombres (en 10 años solo ha aumentado un 0,49%).
  • Las mujeres sufren más el empleo a tiempo parcial, con un 73,58%, los contratos fijos discontinuos, con el 58,54%, y los temporales, con un 69,44%.
  • Hay 239.400 mujeres más en paro que los hombres, con una tasa de paro del 13,81% (frente al 10,58% de hombres).
  • Persiste la segregación ocupacional de las mujeres, con sectores como el servicios con el 88,93% de ocupación femenina.
  • La brecha salarial entre mujeres y hombres en el 2022 se situó en el 19,9 %, sin variaciones respecto al año anterior.
  • Las tareas de cuidados familiares siguen siendo asumidas mayoritariamente por mujeres.
  • Continúa existiendo un número muy alto de casos de acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral, ya que en 2.021 se realizaron 641 actuaciones por este motivo, con 1.087 personas afectadas.

Para UGT, estos datos muestran la realidad de un mercado de trabajo que aún no es ni inclusivo ni igualitario para las mujeres. Por ello, es fundamental:

  • Impulsar medidas de igualdad en los convenios colectivos y en los planes de igualdad, exigiendo el cumplimiento de estos últimos en los términos que obliga la ley.
  • Mejorar las políticas activas de empleo, dotándolas de perspectiva de género.
  • Dignificar algunos sectores, como el de cuidados, ocupados mayoritariamente por mujeres.
  • Trasponer en España, de forma completa y sin más demoras, la Directiva europea 2019/1158 relativa a la conciliación de la vida familiar y profesional de los progenitores, que contiene importantes medidas como la retribución del permiso parental de ocho semanas o la modificación legal en nuestro país del permiso para cuidados familiares para considerarlo como un permiso laboral.
  • Aumentar la inversión para conseguir servicios públicos de calidad, gratuitos y accesibles para el cuidado de menores, personas mayores o dependientes.
  • Reducir la jornada de trabajo para favorecer la conciliación y corresponsabilidad.
  • Reforzar el principio de igual retribución por trabajos de igual valor, que aún no se cumple en muchas empresas.
  • Combatir la violencia machista desde los centros de trabajo, con protocolos contra el acoso sexual o por razón de sexo, entre otras cuestiones.

Este 8 de marzo, como cada día del año, UGT reitera su compromiso, trabajo, y esfuerzo para lograr que la igualdad entre mujeres y hombres se convierta en una realidad y alcanzar una sociedad más justa, inclusiva y solidaria. El logro de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres es un objetivo prioritario y un principio irrenunciable para UGT. La igualdad, además de ser un derecho fundamental y una cuestión de justicia, constituye una necesidad social y de nuestra economía. Es imprescindible para que las empresas en España sean competitivas. Un modelo de competitividad basado en la calidad de los productos y los servicios no es posible sin igualdad real entre mujeres y hombres en los centros de trabajo. Con la lucha de todos y todas debe ser una realidad lo antes posible.



CONOCE TUS DERECHOS: FLEXIBILIDAD HORARIA

 

     FLEXIBILIDAD HORARIA:

  • Las personas con reducción de jornada regulada legalmente podrán solicitar redistribuir su jornada reducida de lunes a jueves y no trabajar los viernes.
  • Posibilidad de mejorar o aplicar con mayor flexibilidad medidas relativas a la jornada, el horario de trabajo o el centro de trabajo, en el caso de personas trabajadoras que constituyan familias monoparentales o estén en situación de separación de derecho o divorciadas, con menores de 14 años. Se revisará con carácter anual y la persona trabajadora deberá facilitar a la empresa la documentación que esta le requiera para poder valorar su circunstancia personal y la evolución de la misma.
Además, en las medidas que el negocio/proyecto lo permita, se podrá facilitar la jornada laboral, el cambio de turno o la movilidad geográfica con el objetivo de atender situaciones parentales relacionadas con el régimen de visitas de hijos/as y/o madres/padres separados/as o divorciados/as.
  • Las personas con menores a cargo en edad de educación infantil (0 – 4 años) dispondrán de flexibilidad horaria durante el período de adaptación al centro escolar, con un máximo de dos semanas al año, así como la opción de realizar la prestación de servicios en modalidad de trabajo a distancia durante ese mismo periodo, siempre que sea posible en atención a las características del puesto de trabajo y las necesidades del proyecto.
  • Flexibilidad horaria de entrada (la fecha prevista para la implantación de la nueva franja horaria es el 01/01/2025): Horario de entrada desde las 7:00  hasta las 9:30 y de acuerdo al artículo 20.6 del Convenio Colectivo estatal de Empresas de Consultoría y Estudios de Mercado y de la opinión pública o la regulación establecida en el convenio que resulte de aplicación.

Flexibilidad horaria en la hora de la comida: cualquier persona podrá adaptar el tiempo que dedica a la comida, desde 30 minutos hasta las 2 horas.


Flexibilidad horaria a la salida: el horario de salida se calculará en función de la hora de entrada y del tiempo real dedicado para comer.



UGT FIRMA EL PRIMER PLAN DE IGUALDAD DEL GRUPO MINSAIT


El Primer Plan de Igualdad del Grupo Minsait fue aprobado ayer tarde, tras llegar a un acuerdo con la parte social durante la decimonovena reunión de la Comisión Negociadora. Este plan estará vigente desde el 1 de marzo de 2024 hasta el 29 de febrero de 2028.



En el Plan de Igualdad firmado por UGT se han incorporado nuevas medidas, lo que representa un aumento del 36% en comparación con planes anteriores. Además, se han modificado algunas medidas existentes. Entre las más destacadas, se encuentran:

  • Se establece la posibilidad de disfrutar del permiso en caso de accidente, enfermedad grave u hospitalización o intervención con reposo domiciliario en medias jornadas o jornadas completas, consecutivas o no, hasta 15 días naturales después del alta hospitalaria en caso de hospitalización, y hasta 15 días naturales después del hecho causante en ausencia de hospitalizaciónY se incrementa el permiso de 5 días laborables en caso de necesitar desplazamiento, con un día adicional para desplazamientos entre 100 y 300 km, y dos días adicionales para desplazamientos superiores a 300 km.

  • Se establece la posibilidad de aplicar medidas de flexibilidad para personas que regresan al trabajo después de una enfermedad oncológica.
  • Se permite disfrutar del tiempo empleado durante asistencias médicas entre las 00:00 y las 07:00 al inicio de la jornada.
  • Se establece la posibilidad de teletrabajo para mujeres embarazadas desde el momento de la solicitud, si el puesto lo permite, así como la reducción de una hora diaria a partir de la semana 36 de gestación, sin reducción salarial.
  • Se flexibilizan los permisos por nacimiento o adopción/guarda con fines de adopción/acogimiento y por cuidado del lactante, pudiéndose disfrutar en cualquier momento antes de que el bebé cumpla los 12 meses.
  • Se establece la posibilidad de flexibilidad horaria y teletrabajo para personas con menores a cargo (de 0-4 años) durante el periodo de adaptación al centro escolar, con un máximo de 2 semanas al año.
  • Los periodos de permiso sin sueldo generarán vacaciones.

  • Se amplía el permiso por fallecimiento de familiar de primer y segundo grado en caso de necesitar desplazamiento según la distancia del viaje, con un día adicional para desplazamientos entre 100 y 300 km, y dos días adicionales para desplazamientos superiores a 300 kmY se incrementa el permiso en caso de que la persona fallecida sea un/a hijo/a, a 10 días laborables o 12 en caso de desplazamiento.

Durante toda la negociación, UGT hemos trabajado para homogeneizar las medidas en todas las empresas del grupo. Aunque se ha logrado en la mayoría de los ámbitos del Plan de Igualdad, aún persisten diferencias en el área de Conciliación, especialmente en las empresas BPO y BPO Servicios, ambas con mayor presencia femenina que el resto, donde el Negocio no ha aceptado la aplicación de algunas medidas concretas. Desde la sección Sindical de UGT seguiremos trabajando con el fin de eliminar cualquier diferenciación entre las medidas de las distintas empresas de Minsait.

Si tienes alguna pregunta sobre este tema o cualquier otro asunto relacionado con tus derechos laborales, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. En UGT, estamos siempre a tu disposición para apoyarte y defender tus derechos, manteniendo la confidencialidad de todas las comunicaciones que recibimos.

1º de Mayo, por el PLENO EMPLEO: Menos Jornada y Mejores Salarios

  Accede al Manifiesto 1º Mayo 2024 1º de Mayo, para defender lo ganado hasta ahora y continuar avanzando en nuevos retos laborales y social...