Desde el 18 de noviembre los despidos en España han cambiado y va a ser más difícil despedir por motivos disciplinarios
Los
DESPIDOS DISCIPLINARIOS sin “audiencia previa”, son IMPROCEDENTES
Las empresas no van a poder argumentar
un despido por motivos abstractos porque la persona trabajadora podrá
rebatirlos.
El Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia que establece que las empresas no podrán despedir disciplinariamente sin antes abrir un proceso de audiencia previa.
Significa
que si tu empresa quiere despedirte por una falta, va a tener que avisarte
antes previamente de los motivos por los cuales quiere despedirte y darte un
plazo para que tú puedas defenderte.
Las empresas ahora tienen que dar la oportunidad para que las personas trabajadoras cuenten su versión antes de tomar la decisión final.
Esta obligación se aplicará a los despidos producidos a partir de la sentencia (18 de noviembre de 2024) y su incumplimiento supondrá la improcedencia al despido.
Así mismo recuerda que:
- Si la empresa tiene conocimiento de que estás afiliado
a UGT, tiene que dar audiencia a nuestros delegados
en el proceso de despido.
- Actualmente, siempre hay que impugnar el despido
para no tener problemas en Hacienda.
- En la posible celebración del correspondiente juicio se
podrá declarar el despido nulo e inmediata readmisión en los supuestos
legalmente establecidos.