FALLECIMIENTO DE UN FAMILIAR:
- Si es de primer grado, dispones de un permiso retribuido de:
- 10 días laborables si es tu hijo o hija.
- 5 días laborables si tu familiar lo es por consanguinidad, o si es tu cónyuge o pareja de hecho.
- 4 días laborables si tu familiar lo es por afinidad
En caso de necesitar desplazamiento, cuando la distancia sea superior a 100 km:
- Entre 100 y 300 km, el permiso se incrementará en un día adicional. Podrás disfrutar de dicho día adicional en dos medias jornadas.
- Superiores a 300 km, el permiso se incrementará en dos días.
Si el fallecimiento ocurre durante la jornada laboral, el permiso empezará a contar a partir del día siguiente.
- Si es de segundo grado, tanto por consanguinidad como por afinidad, dispones de un permiso retribuido de 3 días laborables.
En caso de necesitar desplazamiento, cuando la distancia sea superior a 100 km:
- Entre 100 y 300 km, el permiso se incrementará en un día adicional. Podrás disfrutar de dicho día adicional en dos medias jornadas.
- Superiores a 300 km, el permiso se incrementará en dos días.
Si el fallecimiento ocurre durante la jornada laboral, el permiso empezará a contar a partir del día siguiente. Y si ocurre durante tus vacaciones, puedes solicitar su suspensión desde la fecha de la defunción, para seguir disfrutándolas a continuación del fin del permiso.
Si tienes alguna pregunta sobre este tema o cualquier otro asunto relacionado con tus derechos laborales, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. En UGT, estamos siempre a tu disposición para apoyarte y defender tus derechos, manteniendo la confidencialidad de todas las comunicaciones que recibimos.
Los sindicatos que tienen la consideración de más representativos a nivel estatal y están legitimados para negociar el plan de igualdad en el grupo de empresas Minsait, cuentan con la siguiente representatividad en el sector de Consultoría, Tecnologías de la Información y Estudios de Mercado y de la Opinión Pública, según datos actualizados al 30 de noviembre de 2023: