Como debes
saber, desde UGT hemos promovido y finalmente
acordado con el Gobierno, elevar el SMI a 1000€/mes, que en 14 pagas son
14.000€ año.
Si sumando
de tus nóminas anuales el Salario Base + Plus Convenio + Complemento de
Antigüedad (caso de tenerlo) + Complementos Personales (todos), el total es inferior a 14.000€ siempre y cuando no
se tenga reducción de jornada, deben abonarte la diferencia hasta dicho importe
anual con efectos del 1 de enero de 2022. Podrás reclamarlo a Indra cuando se publique en el BOE.
Por
supuesto, si quieres te puedes dirigir al buzón correo de UGT para que te lo gestionemos.
Aunque el
incremento del SMI es un mandato legal imperativo y por lo tanto deberá
realizarse sin necesidad de que se publiquen unas nuevas tablas salariales en
nuestro actual convenio colectivo, el XVII Convenio de Empresas de Consultoría
y Estudios de Mercado, para las tablas salariales correspondientes a
"Salarios a partir del 31-12-2019", hay ya 11 de las categorías profesionales que tienen una cuantía
inferior a 14.000 €:
- En las áreas de actividad 1,2 y 4, los grupos y niveles CI, CII, CIII, DI, DII, DIII, EI, EII y EIII
- En el área de actividad 3, los grupos y niveles EII y EIII.
Por eso
desde UGT nos reiteramos en que NO podemos
retrasar más tiempo la firma del XVIII Convenio y en decirle a Indra, como
miembro con un especial peso en la Mesa de Negociación, que
Queremos un convenio digno ¡¡¡YA!!!