¿Quién puede conseguir que suba tu salario o que se reduzca tu jornada?

En los últimos días algunos sindicatos están prometiendo subidas salariales reales, reducciones de jornada y un convenio propio.

La pregunta es muy sencilla: ¿Quién puede negociar realmente esas medidas?

La respuesta no depende de opiniones, sino de la ley. La jornada máxima, los salarios mínimos del sector y el resto de condiciones generales del Convenio de Consultoría se negocian en la mesa del convenio sectorial entre la patronal AEC y los sindicatos legitimados para estar en ella.

En esa mesa están:

UGT (presentamos una plataforma formal y por escrito a la Patronal AEC con nuestras reivindicaciones para que nos firmasen el recibí, entre las que estaba que la subida colectiva fuese no absorbible)
CCOO
CIG
ELA
LAB

no forman parte de esa negociación

USO
RSTIC
CGT 

Por tanto, cuando cualquiera de esas organizaciones promete que va a conseguir un convenio con mejores salarios o mejores condiciones, conviene preguntarse cómo piensa negociar aquello para lo que no tiene legitimación negociadora.

Lo mismo ocurre con la reducción de la jornada legal. Las 37,5 horas semanales no se negocian en Indra ni en el convenio de Consultoría. Se negocian en el Diálogo Social entre el Gobierno, las organizaciones empresariales y los sindicatos más representativos.

En esa mesa participan:

UGT
CCOO

tampoco están presentes

USO
RSTIC
CGT

No se trata de desmerecer a nadie. Simplemente es un hecho: quien no está sentado en la mesa no puede firmar el acuerdo.

Los hechos importan más que los eslóganes, en INDRA:

  • UGT alcanzó un acuerdo de teletrabajo con compensación de gastos. Ni USO, ni CGT quisieron firmar.
  • UGT firmó un Plan de Igualdad con más de un centenar de medidas que mejoran derechos de la plantilla. Se mejoraron permisos retribuidos y medidas de flexibilidad. Ni USO, ni CGT estaban presentes en la mesa de grupo y en el anterior Plan, un año antes, por empresas individuales decidieron no firmarlo.
  • UGT negoció en ISTI para minorar el número de afectados y maximizar las condiciones económicas de salida en el ERE de 2020. Ni USO, ni RSTIC, ni CGT trabajaron para minorar la plantilla afectada ni para maximizar sus condiciones de salida, pidieron la nulidad y el Tribunal Supremo la rechazó dando por acreditadas las causas que lo originaban. Que no te toque a ti con lo que se viene por la IA y dependas de ellos.

Esas mejoras existen porque hubo sindicatos como UGT que decidimos negociarlas y firmarlas. Otros sindicatos decidieron no hacerlo.

Cada trabajador es libre de valorar qué estrategia considera más útil.

 

Sobre los Planes de Igualdad

En un reciente comunicado se afirma que algunas mejoras "están en un Plan de Igualdad con fecha final".

Ese argumento resulta sorprendente. Los convenios colectivos también tienen una vigencia determinada. Lo relevante no es si un acuerdo tiene una fecha de finalización, sino que mientras está vigente sus medidas son plenamente exigibles y, cuando expira, vuelven a negociarse.

También se afirma que los derechos deberían consolidarse en un convenio "porque un convenio es ley".  Tampoco es correcto. Un convenio colectivo no es una ley, porque no emana del poder legislativo. Es una norma jurídica con eficacia normativa, reconocida como fuente del Derecho laboral por el artículo 3 del Estatuto de los Trabajadores. Además, el Tribunal Supremo ha reconocido que los Planes de Igualdad negociados tienen naturaleza de convenio colectivo, por lo que las medidas pactadas en ellos también tienen eficacia normativa.

Por tanto, un derecho negociado e incorporado a un Plan de Igualdad produce efectos jurídicos exigibles mientras dicho acuerdo permanezca vigente.

 

Decide con toda la información

En unas elecciones sindicales no sólo eliges quién te representa en tu centro de trabajo. También decides qué fuerza tendrá cada organización sindical allí donde realmente se negocian los salarios, la jornada y las condiciones laborales. Si quieres que cambien esas materias, conviene preguntarse quién está sentado en las mesas donde pueden cambiarse.

Porque las mejoras no las consigue quien más las promete. Las consigue quien tiene la capacidad legal para negociarlas y la fuerza suficiente para firmarlas.

Cada trabajador es libre de apoyar a la organización que considere oportuno. Pero antes de decidir, merece la pena hacerse una pregunta sencilla: ¿Prefieres apoyar a quien hace propuestas o a quien tiene capacidad real para convertirlas en derechos? Porque cuando se negocian salarios, jornada o condiciones laborales, la diferencia es enorme. Cuando alguien te promete que va a conseguir una subida salarial, una reducción de jornada, … conviene preguntarse cómo piensa negociar una cláusula en una mesa de la que no forma parte. Lo importante no es pedirlo, pedir no es conseguir, pedir lo puede hacer cualquiera, lo importante es tener la capacidad de convertir esa petición en un acuerdo firmado. La diferencia entre una reivindicación y un derecho es que esté firmado por todas las partes que negocian, y para eso hay que formar parte de la mesa donde se negocia.

 

UGT lleva más de 135 años negociando y defendiendo los derechos de las personas trabajadoras. Seguiremos haciéndolo con hechos y no sólo con promesas

¿Quién puede conseguir que suba tu salario o que se reduzca tu jornada?

En los últimos días algunos sindicatos están prometiendo subidas salariales reales , reducciones de jornada y un convenio propio . La pregu...