22 Febrero - Día de la Igualdad salarial: La brecha salarial baja. La desigualdad no desaparece

 


La brecha salarial entre mujeres y hombres, aunque sigue siendo elevada, continúa descendiendo en los últimos años. Los datos que facilita el INE a través de la Encuesta de Estructura Salarial con datos de 2023, reflejan que la brecha salarial en ese año (último dato desagregado por sexo) se sitúa en el 15,74 %, lo que supone un descenso de 1,35 puntos porcentuales respecto de 2022.

A pesar de este importante avance en la reducción de la brecha salarial las mujeres siguen situándose como perceptoras de los salarios más bajos. El 25,78% de las mujeres con empleo, una de cada cuatro, recibieron como máximo el SMI, que en 2023 fueron 1.080 euros brutos anuales. En el caso de los hombres, fueron el 11,64% los que cobraron como máximo al mes esa cuantía, uno de cada nueve.

UGT reclamamos la transposición de la Directiva (UE) 2023/970 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de mayo de 2023, por la que se refuerza la aplicación del principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres por un mismo trabajo, o un trabajo de igual valor, a través de medidas de transparencia retributiva y de mecanismos para su cumplimiento. Los Estados miembros tienen hasta el 7 de junio de 2026 para trasponerla a sus ordenamientos jurídicos nacionales.

Desde UGT consideramos que la trasposición debe suponer un refuerzo efectivo de los derechos individuales y colectivos, así como de los mecanismos de control, reparación y sanción frente a la discriminación salarial. En particular, en UGT consideramos prioritario que se incorporen de forma expresa los siguientes elementos:

  • El derecho a la transparencia retributiva con carácter previo al empleo, garantizando que las personas candidatas conozcan la retribución inicial o la banda salarial del puesto y el convenio colectivo aplicable, así como la prohibición de solicitar información sobre el historial salarial previo
  • La obligación empresarial de hacer accesibles los criterios de fijación y progresión retributiva, garantizando que sean objetivos y neutros respecto al sexo y que la información sea comprensible y fácilmente accesible para la plantilla.
  • El derecho individual de información retributiva, que reconoce a las personas trabajadoras el derecho a recibir por escrito información sobre su retribución individual y los niveles retributivos medios desglosados por sexo para trabajos iguales o de igual valor, con plazos máximos de respuesta y prohibición de cláusulas de confidencialidad salarial.

Es imprescindible adaptar la normativa estatal a las exigencias en materia de información sobre la brecha retributiva entre sexos, ampliando los contenidos actualmente exigidos, así como reforzar los mecanismos de evaluación retributiva conjunta y corrección de desigualdades cuando existan diferencias no justificadas superiores al 5 %, asegurando la adopción de medidas correctoras efectivas.

Para garantizar su cumplimiento se debe incorporar: el derecho a una indemnización íntegra y sin límites, la inversión de la carga de la prueba en caso de incumplimiento de las obligaciones de transparencia, un régimen sancionador efectivo y disuasorio, con consecuencias en la contratación pública, y un sistema de seguimiento y coordinación institucional.

Además UGT:

  • Reivindicamos el cumplimiento del artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores sobre trabajos de igual valor, que persigue corregir la infravaloración del trabajo de las mujeres.
  • Pedimos afrontar la valoración de los puestos de trabajo, eliminando las categorías profesionales y pasando a niveles salariales, porque la igualdad no es solo cosa de mujeres.
  • Demandamos que se modifique la norma que permite la absorción y compensación de los complementos salariales en las subidas del SMI. Este hecho genera que todas las mujeres que cobran el SMI, lleven años con el salario congelado.
  • Reivindicamos la revisión del uso excesivo del contrato a tiempo parcial que penaliza a casi dos millones de mujeres en España a vivir de manera precaria y envejecer, en un porcentaje elevado, en condiciones de pobreza.
  • Exigimos que la Seguridad Social facilite información sobre las reducciones de jornada por cuidados de hijos e hijas y otros familiares en términos económicos y que sea recogida en la Encuesta de Estructura Salarial, para saber realmente el peso económico que tienen los cuidados en los salarios.
  • Reivindicamos planes de actuación de la Inspección de Trabajo en materia de igualdad retributiva entre mujeres y hombres para que actúen de oficio en aquellas situaciones donde se infravalora el trabajo de las mujeres. Con criterios claros sobre registros retributivos, valoración de puestos de trabajo y auditorías retributivas.
  • Pedimos que el Ministerio de Trabajo lleve a cabo la explotación del Registro y Depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad, en lo referente a igualdad retributiva, así como una evaluación de resultados de los primeros cuatro años de aplicación de la normativa sobre planes de igualdad e igualdad retributiva para abordar las posibles modificaciones legales y reglamentarias necesarias para el logro real de la igualdad salarial.


22 Febrero - Día de la Igualdad salarial: La brecha salarial baja. La desigualdad no desaparece

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