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La brecha salarial entre mujeres y hombres,
aunque sigue siendo elevada, continúa descendiendo en los últimos años. Los datos que
facilita el INE a través de la Encuesta de Estructura Salarial con datos de
2023, reflejan que la brecha salarial en ese año (último dato desagregado por
sexo) se sitúa en el 15,74 %, lo que supone un descenso de 1,35 puntos
porcentuales respecto de 2022. A pesar de este importante avance en la
reducción de la brecha salarial las mujeres siguen situándose como
perceptoras de los salarios más bajos. El 25,78% de las mujeres con empleo, una de
cada cuatro, recibieron como máximo el SMI, que en 2023 fueron 1.080 euros
brutos anuales. En el caso de los hombres, fueron el 11,64% los que cobraron
como máximo al mes esa cuantía, uno de cada nueve. UGT reclamamos la
transposición de la Directiva (UE) 2023/970 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 10 de mayo de 2023, por la que se refuerza la aplicación del
principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres por un mismo
trabajo, o un trabajo de igual valor, a través de medidas de transparencia
retributiva y de mecanismos para su cumplimiento. Los Estados
miembros tienen hasta
el 7 de junio
de 2026 para trasponerla a sus ordenamientos jurídicos nacionales.
Desde UGT consideramos que la trasposición debe suponer un refuerzo efectivo de los derechos individuales y colectivos, así como de los mecanismos de control, reparación y sanción frente a la discriminación salarial. En particular, en UGT consideramos prioritario que se incorporen de forma expresa los siguientes elementos:
Es imprescindible
adaptar la normativa estatal a las exigencias en materia de información sobre la
brecha retributiva entre sexos, ampliando los contenidos
actualmente exigidos, así como reforzar los mecanismos de evaluación retributiva
conjunta y corrección de desigualdades cuando existan diferencias
no justificadas superiores al 5 %, asegurando la adopción de medidas
correctoras efectivas. Para garantizar su
cumplimiento se debe incorporar: el derecho a una indemnización
íntegra y sin límites, la inversión de la carga de la prueba en caso de
incumplimiento de las obligaciones de transparencia, un régimen sancionador
efectivo y disuasorio, con consecuencias en la contratación pública, y un
sistema de seguimiento y coordinación institucional. Además UGT: |
- Reivindicamos el cumplimiento del
artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores sobre trabajos de igual valor,
que persigue corregir la infravaloración del trabajo de las mujeres.
- Pedimos afrontar la valoración de los
puestos de trabajo, eliminando las categorías profesionales y pasando a
niveles salariales, porque la igualdad no es solo cosa de
mujeres.
- Demandamos que se modifique la
norma que permite la absorción y compensación de los complementos
salariales en las subidas del SMI. Este hecho genera que todas
las mujeres que cobran el SMI, lleven años con el salario congelado.
- Reivindicamos la revisión del uso
excesivo del contrato a tiempo parcial que penaliza a casi dos millones de
mujeres en España a vivir de manera precaria y envejecer, en un
porcentaje elevado, en condiciones de pobreza.
- Exigimos que la Seguridad
Social facilite información sobre las reducciones de jornada por cuidados
de hijos e hijas y otros familiares en términos económicos y
que sea recogida en la Encuesta de Estructura Salarial, para saber
realmente el peso económico que tienen los cuidados en los salarios.
- Reivindicamos planes de actuación
de la Inspección de Trabajo en materia de igualdad retributiva entre
mujeres y hombres para que actúen de oficio en aquellas
situaciones donde se infravalora el trabajo de las mujeres. Con criterios
claros sobre registros retributivos, valoración de puestos de trabajo y
auditorías retributivas.
- Pedimos que el Ministerio de
Trabajo lleve a cabo la explotación del Registro y Depósito de Convenios
Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad, en lo
referente a igualdad retributiva, así como una evaluación de resultados de los primeros
cuatro años de aplicación de la normativa sobre planes de igualdad e
igualdad retributiva para abordar las posibles modificaciones legales y
reglamentarias necesarias para el logro real de la igualdad salarial.