En la nómina de febrero te regularizarán al SMI de 2025 de 16.576€/año - 1.184€ al mes

 


El pasado 10 de febrero UGT alcanzó un acuerdo con el Gobierno para incrementar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2025 a 1.184€/mes, que en 14 pagas son 16.576€ año. Se incrementa así el SMI en un 4,4%.

UGT ha confirmado con la Dirección de la Compañía que su aplicación se va a realizar en la nómina de febrero, abonándose los atrasos desde 1 de enero.

Que nadie te venda la moto. No es una ilegalidad que no te lo aplicasen en la nómina de enero, puesto que aún no estaba vigente era imposible que te lo aplicasen antes. Su vigencia de aplicación comienza el 13 de febrero, no antes. Que ningún jefe te lo presente como que es una subida salarial que te hacen a ti de manera personal para esta nómina de febrero. Y que ningún sindicato te diga que te afilies con ellos para que ellos lo “luchen” por ti para que en esta nómina de febrero te lo reflejen gracias a su logro sindical.

Esta regularización aplicará a todas las personas trabajadoras de cualquier empresa en España, tengan el convenio que tengan, y todas las empresas de España lo aplicarán de oficio a todas las personas trabajadoras afectadas en la nómina de febrero, junto con los atrasos correspondientes del mes de enero.

Si sumando de tus nóminas anuales el Salario Base + Plus Convenio + Complemento de Antigüedad (caso de tenerlo) + Complementos Personales (todos), el total es inferior a 16.576€ siempre y cuando no se tenga reducción de jornada, deben abonarte la diferencia hasta dicho importe anual con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2025.

Las retribuciones extrasalariales, aquellas que compensan los gastos ocasionados por el desarrollo de la actividad laboral o indemnizan posibles perjuicios (gastos de desplazamiento, dietas, plus de transporte, etc.), no se ven afectadas por el SMI. Al no tener naturaleza salarial no entran en el cómputo para valorar si se debe revisar el salario para ajustarlo al SMI.

En el SMI se computa exclusivamente la retribución en dinero. Por tanto, el salario en especie no puede disminuir la cuantía dineraria íntegra.

El incremento del SMI es un mandato legal imperativo y por lo tanto deberá realizarse desde el día siguiente a su publicación en el BOE, lo que se produjo el 12 de febrero de 2025, en el BOE número 37. Es decir, que el nuevo SMI  está en vigor desde el pasado 13 de febrero.

Si en tu próxima nómina no ves aplicado el nuevo SMI, dirígete al buzón correo de UGT para que te lo gestionemos.