22F: Día Europeo de la Igualdad Salarial


El 22 de febrero es el Día Europeo de la Igualdad Salarial y desde UGT queremos reiterar nuestro compromiso con la eliminación de las discriminaciones retributivas que seguimos sufriendo las mujeres.

El día 22 de febrero, Día Europeo de la Igualdad Salarial, UGT quiere poner el foco en la brecha salarial, puesto que las diferencias de remuneración entre mujeres y hombres, por la realización del mismo trabajo o por trabajos de igual valor, son todavía uno de los ejes vertebradores de la desigualdad económica y social. Y es que las mujeres de cualquier edad, sector en el que trabajen, tipo de jornada o contrato, tienen que trabajar más para ganar lo mismo que los hombres.

Desde marzo de 2019 el artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores establece la igualdad de remuneración en lo referente a los trabajos de igual valor:

Artículo 28.1

El empresario está obligado a pagar por la prestación de un trabajo de igual valor la misma retribución, satisfecha directa o indirectamente, y cualquiera que sea la naturaleza de la misma, salarial o extrasalarial, sin que pueda producirse discriminación alguna por razón de sexo en ninguno de los elementos o condiciones de aquella.

Un trabajo tendrá igual valor que otro cuando la naturaleza de las funciones o tareas efectivamente encomendadas, las condiciones educativas, profesionales o de formación exigidas para su ejercicio, los factores estrictamente relacionados con su desempeño y las condiciones laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo en realidad sean equivalentes.

Tomando como referencia los datos de la Agencia Tributaria, la brecha salarial de género se sitúa en el 19,3 % en 2023, 6 décimas menos que el año anterior. Las mujeres cobraron de media al año 5.092 euros menos que los hombres, incrementando la diferencia en términos absolutos en 93 euros respecto a 2022, a pesar de que el salario medio de las mujeres ha crecido en mayor proporción que el de sus compañeros en el último año (5,8 vs 5,0 %). El salario medio anual de las mujeres fue de 21.298 euros mientras que el salario medio anual de los hombres fue de 26.390 euros.

El ritmo al que se corrige la brecha salarial ni es constante ni es significativo. Si se mantuviera el ritmo de caída media de los últimos 24 años, de 0,6 puntos porcentuales, se necesitarían más de 32 años para que la brecha salarial entre ambos sexos desapareciera en España

En lo que respecta a nuestro sector de Información y Comunicaciones, nos encontramos por encima de la media, situándose la brecha salarial en un 20,6 % en 2023, 0,6 puntos porcentuales menos que el año anterior, lo que manifiesta que no se han producido grandes avances en cuanto a reducción de las desigualdades. El porcentaje de mujeres asalariadas en el sector solo alcanza el 36,9 %.

  • No hay tramo de edad en el que las mujeres sean reconocidas en sus trabajos económicamente en la misma medida que los hombres.
  • Las mujeres perciben salarios más bajos que los hombres en todas las comunidades autónomas.

Cuando hablamos de brecha salarial, nos referimos a la diferencia existente entre el salario medio de los hombres y el salario medio de las mujeres. Esta brecha salarial se expresa en un porcentaje que es la cantidad que perciben de menos una mujer de media respecto de un hombre de media. No estamos hablando, por tanto, de que a una mujer en un puesto concreto se la pague menos que a un hombre por ese mismo puesto, sino que existen múltiples factores relacionados con una discriminación estructural de las mujeres.

La brecha salarial de género es solo uno de los indicadores, quizá el más cuantificable, de la discriminación estructural que sufren las mujeres.

En esta discriminación estructural cobra un gran peso la segmentación de las mujeres en el mercado de trabajo, por una parte, por la infravaloración del trabajo de las mujeres que hace que los sectores feminizados sean los peor retribuidos, y, por otra parte, por la dificultad de acceder a puestos de responsabilidad,  así como a la falta de corresponsabilidad en la asunción de responsabilidades domésticas y de cuidados, que condiciona el acceso y el mantenimiento de las mujeres en el mercado laboral. Esta falta de corresponsabilidad se traduce en mayor parcialidad, en muchas ocasiones involuntaria, y carreras profesionales con mayor discontinuidad.

Por otra parte, existe también brecha en el desempleo: las mujeres suponen el 52,7 % del total de las personas desempleadas en 2023, con una prestación media anual de 3.537 euros, 314 euros por debajo de la prestación de los hombres, lo que arroja una brecha del 8,2 %.

Toda esta precariedad durante la vida laboral de las trabajadoras desemboca en una brecha en las pensiones que alcanza su máximo en las mujeres mayores de 65 años, se ven afectadas por la mayor brecha salarial de toda su vida laboral, del 36,1 % para el conjunto de los sectores.  Por tanto, la brecha salarial de género es solo uno de los indicadores, quizá el más cuantificable, de la discriminación estructural que sufren las mujeres.

Desde UGT reivindicamos también mecanismos concretos que deben ponerse en marcha a través de políticas públicas y que son imprescindibles para acelerar la eliminación de la brecha salarial:

  • Exigir el cumplimiento en todas las empresas españolas de la normativa vigente en materia de Igualdad Retributiva recogida en el Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. Reivindicamos el cumplimiento del artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores, sobre trabajos de igual valor, que persigue corregir la infravaloración del trabajo de las mujeres, así como el traslado de las normas recogidas de los Reales Decretos de Igualdad Retributiva y de Planes de Igualdad a todas las empresas españolas.
  • Modificar el porcentaje en el que es necesario justificar la brecha salarial en las empresas con auditoría retributiva, actualmente fijado en un 25%, a valores que no superen el 5%.
  • Reivindicar planes de actuación de la Inspección de Trabajo en materia de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, para que actúen de oficio en aquellas situaciones donde se infravalora el trabajo de las mujeres. Para ello son necesarios criterios claros sobre registros retributivos, valoración de puestos de trabajo y auditorías retributivas.
  • Luchar contra la segregación ocupacional y formativa, apoyando e impulsando la presencia de mujeres en los ciclos formativos y ocupaciones donde están infrarrepresentadas, como son las profesiones STEM, con salarios por encima de la media.
  • Apostar por una jornada laboral de 32 horas, porque las jornadas más cortas ayudan a la corresponsabilidad, además de producir una mejora de la calidad de vida de los trabajadores y trabajadoras.
  • Exigir al gobierno que analice en profundidad y realice las modificaciones necesarias en el contrato a tiempo parcial y en su utilización que está provocando en la actualidad una discriminación salarial hacia las mujeres.
  • Dignificar las tareas de cuidados y avanzar en corresponsabilidad, impulsando el reconocimiento social que se merecen, porque las tareas asociadas a la reproducción y los cuidados son necesarias para la sostenibilidad de la sociedad.