28A: Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo

 

Puedes acceder al video elaborado por UGT con motivo del 28 de abril, Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo en el siguiente enlace: 28A-La Prevención Salva Vidas, Exígela-UGT


Acceso sesiones nueva herramienta corporativa sin afectar la conciliación

 

La empresa ha atendido la reclamación de UGT por el impacto que en la conciliación de la vida personal suponía el horario en que se iban a realizar las sesiones formativas sobre la nueva herramienta de gestión de la exención 7p para trabajos en el extranjero.

Para que todas las personas puedan tener acceso a la información sobre el manejo de la nueva plataforma, desde RRLL nos informan que se han grabado ambas sesiones y se colgarán dentro de la propia herramienta. Cuando esté disponible el acceso:

  • Desde Control de Gestión se informará a aquellas personas profesionales que han realizado trabajos en el extranjero.
  • Se incluirá un mensaje en la herramienta indicando dónde encontrar los vídeos, junto con los manuales.

 

INCUMPLIMIENTO MEDIDA PLAN DE IGUALDAD MINSAIT

 

Esta mañana habréis recibido un correo desde Recursos Humanos por el que se convocaba una formación sobre la nueva herramienta corporativa de gestión de la exención fiscal en los trabajos realizados en el extranjero. Las dos convocatorias planificadas están en gran parte, o incluso en su totalidad, fuera del horario laboral (según el calendario/horario del colectivo de procedencia) y, por lo tanto, incumplen lo establecido en el Plan de Igualdad de Grupo Minsait, en particular en la medida 4.2 relativa a velar para que los horarios de programas formativos sean compatibles con la conciliación de la vida personal y laboral.

UGT nos hemos dirigido a la Dirección de RRLL para que corrijan de inmediato el este incumplimiento y procedan a modificar el horario de las sesiones, de manera que se cumpla con el objetivo de que las todas las personas puedan realizar las formaciones sin que se vea afectada la conciliación de su vida personal.

8M: SORORIDAD

 

UGT, ante la jornada reivindicativa mundial del 8 de Marzo, Día Internacional de las Mujeres, manifestamos nuestro firme compromiso con la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, especialmente en el ámbito laboral, donde la discriminación por razón de sexo y las brechas de género siguen presentes.

Los datos sobre la situación de las mujeres en el ámbito laboral, aun cuando hay más mujeres ocupadas y afiliadas a la seguridad social que nunca, 10,1 millones, siguen siendo muy preocupantes. Se confirma una vez más que, pese a la superación de la crisis económica, la mejora del empleo y de las condiciones laborales, las brechas en el mundo del trabajo entre mujeres y hombres siguen sin avances significativos en su eliminación.

De esta forma:

  • La brecha de género en la tasa de actividad se sitúa casi en el 10%.
  • La tasa de empleo, la brecha entre de las mujeres y hombres es de 10,34 puntos porcentuales de diferencia.
  • Las mujeres sufren más el empleo a tiempo parcial, 7 de cada 10 empleos a tiempo parcial los desempeñan mujeres.
  • En la contratación temporal, a pesar de la reducción de la tasa de la temporalidad a la mitad, son mayoría las mujeres. 
  • La tasa de paro femenina se sitúa en 12,68%, mientras que la tasa de paro masculina es de 10,16%.
  • La brecha salarial entre mujeres y hombres en el 2022 se situó en el 17,09 %.

Para UGT es prioritario:

  • Seguir incrementando el SMI hasta situarlo en el 60% de la media salarial.
  • Avanzar en la senda de las mejoras de la reforma laboral para evitar que las personas trabajadoras, (y en concreto las mujeres), paguen las consecuencias de una coyuntura económica forzada por la situación internacional de desaceleración de la economía.
  • Exigir el cumplimiento de los planes de igualdad en los términos que obliga la legislación, negociados y acordados con la Representación Legal de las Personas Trabajadoras.
  • Garantizar el cumplimiento de la normativa en materia de igualdad de género entre mujeres y hombres, y llevar a cabo la transposición de las directivas de transparencia salarial y violencia contra las mujeres.
  • Combatir la segregación ocupacional, estableciendo valoraciones de puestos de trabajo con perspectiva de género, que pongan en valor las profesiones mayoritariamente feminizadas.
  • Erradicar la violencia machista en los centros de trabajo, con una política de Tolerancia cero.
  • Incrementar y mejorar las políticas activas de empleo con perspectiva de género de manera transversal, impulsando el acceso y cualificación de las mujeres a sectores productivos emergentes derivados de las transiciones digital, ecológica y demográfica.
  • Adoptar medidas de acción positiva en las políticas generales dirigidas a eliminar la discriminación y la desigualdad en el empleo, que permitan dar respuesta a la brecha salarial y a la infrarrepresentación femenina en determinados sectores productivos.
  • Dignificar el sector de los cuidados, como un paso imprescindible para garantizar la equidad de género.
  • Avanzar hacia la corresponsabilidad real y efectiva, a través de medidas que impulsen la concienciación a nivel social y de las empresas, priorizando los permisos retribuidos. Reclamamos la retribución completa del permiso parental de 8 semanas hasta que el/la menor tenga 8 años, contemplado en la Directiva 2019/1158, que se incumple en este aspecto en la actualidad.
  • Invertir en educación en igualdad, establecer que la coeducación sea la norma y no la excepción, para conseguir una sociedad libre de estereotipos de género, con especial hincapié en mujeres de profesiones STEM.
  • Reforzar y garantizar los instrumentos y recursos de inspección, control y sanción de la autoridad laboral competente para el cumplimiento de la legalidad en igualdad de género y no discriminación en el ámbito laboral.

UGT reivindicamos el avance en la eliminación de todas estas brechas y en la eliminación de la discriminación por razón de sexo entre mujeres y hombres en todos los ámbitos sociales y en especial y específicamente en el ámbito laboral.

En la nómina de febrero te regularizarán al SMI de 2025 de 16.576€/año - 1.184€ al mes

 


El pasado 10 de febrero UGT alcanzó un acuerdo con el Gobierno para incrementar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2025 a 1.184€/mes, que en 14 pagas son 16.576€ año. Se incrementa así el SMI en un 4,4%.

UGT ha confirmado con la Dirección de la Compañía que su aplicación se va a realizar en la nómina de febrero, abonándose los atrasos desde 1 de enero.

Que nadie te venda la moto. No es una ilegalidad que no te lo aplicasen en la nómina de enero, puesto que aún no estaba vigente era imposible que te lo aplicasen antes. Su vigencia de aplicación comienza el 13 de febrero, no antes. Que ningún jefe te lo presente como que es una subida salarial que te hacen a ti de manera personal para esta nómina de febrero. Y que ningún sindicato te diga que te afilies con ellos para que ellos lo “luchen” por ti para que en esta nómina de febrero te lo reflejen gracias a su logro sindical.

Esta regularización aplicará a todas las personas trabajadoras de cualquier empresa en España, tengan el convenio que tengan, y todas las empresas de España lo aplicarán de oficio a todas las personas trabajadoras afectadas en la nómina de febrero, junto con los atrasos correspondientes del mes de enero.

Si sumando de tus nóminas anuales el Salario Base + Plus Convenio + Complemento de Antigüedad (caso de tenerlo) + Complementos Personales (todos), el total es inferior a 16.576€ siempre y cuando no se tenga reducción de jornada, deben abonarte la diferencia hasta dicho importe anual con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2025.

Las retribuciones extrasalariales, aquellas que compensan los gastos ocasionados por el desarrollo de la actividad laboral o indemnizan posibles perjuicios (gastos de desplazamiento, dietas, plus de transporte, etc.), no se ven afectadas por el SMI. Al no tener naturaleza salarial no entran en el cómputo para valorar si se debe revisar el salario para ajustarlo al SMI.

En el SMI se computa exclusivamente la retribución en dinero. Por tanto, el salario en especie no puede disminuir la cuantía dineraria íntegra.

El incremento del SMI es un mandato legal imperativo y por lo tanto deberá realizarse desde el día siguiente a su publicación en el BOE, lo que se produjo el 12 de febrero de 2025, en el BOE número 37. Es decir, que el nuevo SMI  está en vigor desde el pasado 13 de febrero.

Si en tu próxima nómina no ves aplicado el nuevo SMI, dirígete al buzón correo de UGT para que te lo gestionemos.

 


 

 

28A: Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo

  Puedes acceder al video elaborado por UGT con motivo del 28 de abril, Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo en el siguiente e...